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Consultoría y asesoría empresarial

DMQ Consultoría Empresarial

  • En el complejo panorama fiscal, la declaración de operaciones vinculadas se ha convertido en un componente importante para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades, así como para establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas con presencia en España.

    Este proceso, gestionado a través del Modelo 232, requiere un entendimiento preciso de sus requisitos y plazos.

    • ¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 232 y cuáles son los plazos?
    • ¿Qué se entiende por personas o entidades vinculadas?
    • ¿Qué operaciones deben declararse en este modelo?
    • ¿Cómo se valoran las operaciones vinculadas?
    • ¿Cuáles son los límites a la declaración de operaciones vinculadas?

    ¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 232 y cuáles son los plazos? El Modelo 232 es un requisito para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas.

    El plazo para la presentación es crucial: se dispone de un mes adicional después de 10 meses desde la conclusión del período impositivo.

    Para la mayoría de los contribuyentes, el 30 de noviembre marca la fecha límite, lo que subraya la importancia de una planificación y ejecución precisas.

    ¿Qué se entiende por personas o entidades vinculadas?

    Se consideran personas o entidades vinculadas las siguientes:

    • Una entidad y sus socios o partícipes (participación > 25%).
    • Una entidad y sus administradores o consejeros (no aplica a remuneración).
    • Una entidad y los familiares hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad de sus socios o partícipes, administradores o
    • Dos entidades de un

    • Una entidad y los administradores o consejeros de otra entidad del
    • Una entidad y otra entidad participada indirectamente por la primera (participación > 25%).
    • Dos entidades en las cuales los mismos socios, partícipes o familiares hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad, participen, directa o indirectamente, en el capital social o los fondos propios (participación > 25%).
    • Una entidad residente en territorio español y sus establecimientos permanentes en el

    ¿Qué operaciones deben declararse en este modelo?

    Aparte de informar sobre cualquier relación con paraísos fiscales, deberán incluirse las siguientes operaciones con partes vinculadas:

    • Compra/Venta de bienes
    • Compra/Venta/Cesión de uso de
    • Compra/Venta de activos financieros representativos de fondos
    • Compra/Venta de derechos de crédito y activos financieros representativos de
    • Operaciones financieras de
    • Servicios entre personas o entidades
    • Acuerdos de reparto de costes de bienes o
    • Alquileres y otros rendimientos por cesión de uso de
    • Intereses de créditos, préstamos y demás activos financieros representativos de
    • Rendimientos del trabajo, pensiones y aportaciones a fondos de pensiones y a otros sistemas de capitalización o retribución diferida, entrega de acciones u operaciones sobre las mismas,

     

     

    ¿Cómo se valoran las operaciones vinculadas?

    Las personas o entidades vinculadas abarcan una gama diversa, desde socios y administradores hasta familiares de socios o partícipes, incluso dos entidades dentro de un grupo o una entidad y sus establecimientos permanentes en el extranjero entran en esta categoría.

    Establecer relaciones vinculadas es importante para entender las complejidades de las operaciones financieras y garantizar una presentación precisa del Modelo 232.

     

     

    ¿Cuáles son los límites a la declaración de operaciones vinculadas?

    La existencia de límites destaca la importancia de determinar qué operaciones deben declararse.

    • Límite general de 250.000 euros: si el conjunto de operaciones con una misma parte vinculada excede los 000 euros, tendrán que declararse todas las operaciones con esta parte vinculada.
    • Límite para operaciones específicas de 000 euros: cuando el total de alguno de los cuatro tipos de operaciones específicas supere los 100.000 euros, deberán declararse todas las operaciones específicas del mismo tipo.

    • Límite del 50% del Importe Neto de la Cifra de Negocios: si la suma de las operaciones del mismo tipo y método de valoración es mayor a la mitad de la cifra de negocios, estas se declararán.

     

     

    Si tienes dudas a la hora de presentar el modelo 232, ponte en contacto con DMQ Consultoría

    y estaremos encantados de ayudarte.

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